El ayuntamiento de Azuqueca publica la normativa para circular en patinete por la localidad

A partir del 1 de septiembre, se abre el plazo para registrar los VMP en el Servicio de Atención a la Ciudadanía

La Policía Local de Azuqueca de Henares inicia este martes, 22 de agosto, la campaña para informar a la ciudadanía acerca de la nueva ordenanza reguladora de la utilización de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por las vías urbanas de la ciudad, aprobada de manera definitiva por unanimidad en el Pleno del 27 de julio. “Se trata de una medida con la que se pretende regular el uso de estos vehículos para mejorar la seguridad tanto de las personas usuarias, como de conductores y peatones”, destaca el alcalde azudense, José Luis Blanco, quien recuerda que “antes de comenzar con la aplicación de la ordenanza y, por tanto, sancionar las posibles infracciones, se abre un plazo informativo que se prolongará hasta el 1 de noviembre”.

El concejal de Seguridad, Antonio Expósito, detalla que “agentes de la Policía Local van a realizar controles periódicos en las vías públicas para dar a conocer la ordenanza, aclarar las posibles dudas que tengan las y los conductores y explicarles que los VMP que sean propiedad de personas empadronadas en Azuqueca deben inscribirse en el registro municipal del Ayuntamiento”. En este sentido, el registro se habilitará a partir del 1 de septiembre en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC) del Ayuntamiento y es un trámite “totalmente gratuito”. “Habrá que completar un formulario, donde, además de los datos identificativos del titular, se solicita la ficha técnica del VMP”, detalla. “Solo las personas mayores de edad pueden formalizar el registro, por lo que los usuarios menores de edad –a partir de los 15 años- deben acudir acompañados del padre, madre o tutor legal”, aclara.

El registro anotará altas, bajas y cambios de titularidad. “Una vez rellenado el formulario, se entregará un resguardo que deberá llevarse encima hasta que se reciba por correo la pegatina identificativa y personalizada que proporcionaremos desde el Ayuntamiento a cada titular de VMP”, avanza. La pegatina deberá llevarse visible en el vehículo.

El edil de Sostenibilidad y Cambio Climático, Rodrigo Vasco, apunta que “además de la información que traslade directamente la Policía Local, también se llevarán a cabo campañas en los institutos de la ciudad” y añade que “como elemento de apoyo, se han elaborado carteles explicativos”. “El registro nos permitirá conocer el número de personas que usan estos vehículos y podremos lanzar nuevas medidas de movilidad sostenible más ajustadas a la realidad de la ciudad”, destaca.

Un solo ocupante
La ordenanza establece que los VMP son “vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima entre 6 y 25 kilómetros por hora”. Solo se permite su uso con un solo ocupante, que tendrá la consideración de conductor, y “está prohibido transportar a otras personas o circular dos o más personas en el VMP”. La edad mínima para conducir un VMP es de 15 años.

Las personas usuarias deben llevar colocado sobre el cuerpo un chaleco reflectante obligatorio y usar un casco de protección homologado. Los vehículos, por su parte, deben contar con dispositivos de iluminación y retro reflectantes, timbre y sistema de frenado.

Los VMP están autorizados a circular por “carril-bici, carril acera-bici, pista-bici y senda ciclable y, en general, por todos los espacios donde se permite la circulación de bicicletas en vías urbanas del municipio”. El texto recoge expresamente que no está permitida la circulación por la acera y tampoco se autoriza la circulación en parques, plazas y zonas peatonales, salvo autorización expresa. En cuanto a la velocidad, por el carril-bici situado en acera, el límite de velocidad máxima es de 10 km/h y, por el resto de vías del municipio, de 25 km/h, respetando la señalización vial.

La ordenanza prohíbe usar auriculares o el móvil mientras se conduce, así como el consumo de alcohol y drogas.

En cuanto a las infracciones, pueden ser leves y graves con multas de hasta 100 euros y de 101 a 200 euros, respectivamente.