Fuentenovilla bajará los impuestos

El Ayuntamiento de Fuentenovilla ha querido solidarizarse con la situación económica de los habitantes de la localidad, azotada por la alta inflación de los últimos meses. En este contexto, los responsables municipales han planteado la reducción de las obligaciones tributarias, relativas al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), en sus dos modalidades aplicables.

De esta manera, y atendiendo al acuerdo plenario del pasado mes de noviembre de 2022, el tipo de gravamen del IBI orientado a los bienes de naturaleza urbana ha quedado establecido en el 0,64, mientras que el IBI de los bienes de naturaleza rústica se sitúa en el 0,80. Los nuevos tramos de pago entraron en vigor el pasado 1 de enero de 2023, por lo que los ciudadanos de esta villa alcarreña ya se están beneficiando de la referida decisión. “Les hemos querido ayudar en una coyuntura inflacionista tan negativa como la actual, en la que los precios han subido de forma muy notable”, confirma la alcaldesa, Montserrat Rivas.

Bajo esta misma premisa, desde el Consistorio fuentenovillero han impulsado diversas bonificaciones en el IBI, orientadas a las familias numerosas del municipio. “Cuando el inmueble objeto de este tributo sea de uso residencial y tenga un valor catastral igual o inferior a 150.000 euros, podrán solicitar una bonificación del impuesto aquellos sujetos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa”, explica la primera edil. Eso sí, siempre que se encuentren empadronados en el municipio y que la vivienda sea su residencia habitual. Así, se ha previsto un porcentaje de reducción del 50% para las familias numerosas generales y de un 70% para las que tengan la categoría especial.

Unas bonificaciones que se incrementan hasta el 60% y el 80% –respectivamente– cuando el inmueble tenga un valor catastral igual o inferior a 40.000 euros. De esta forma, se atiende al principio de progresividad fiscal contemplado en la Constitución de 1978. “Sólo se concederá la reducción por una vivienda y por un título de familia numerosa”, explican desde el Ayuntamiento de Fuentenovilla. Además, “no se podrá aplicar al resto de propiedades que tengan otro uso, como garajes, trasteros, comercios, oficinas o industrias; y, tampoco, al resto de casas que –en su caso– posea la familia”.

Las solicitudes deberán formalizarse en el Ayuntamiento antes del 28 de febrero del 2023 para su aplicación en el presente año. De cara a ejercicios venideros, la documentación se presentará con anterioridad al 31 de diciembre. “El cambio de domicilio habitual de los peticionarios determinará la pérdida del derecho a la bonificación, debiéndose solicitar otra vez para el nuevo inmueble”, concluyen desde el Consistorio de Fuentenovilla.