El pleno del Ayuntamiento aprueba el reglamento regulador de las instalaciones deportivas

Las instalaciones deportivas municipales ya disponen de un reglamento regulador, una herramienta fundamental para garantizar el buen uso y la convivencia de todas las personas usuarias de estos espacios, cuya gestión y administración corresponde al Servicio Municipal de Deportes.

El pleno del Ayuntamiento ha aprobado en su sesión de hoy este documento, – con el resultado de 17 votos a favor de los grupos PSOE, Ciudadanos; Unidas Podemos, Aike y Vox, y 8 abstenciones del Partido Popular– “un hito en la gestión deportiva de la ciudad, ya que nuestras instalaciones carecían de un marco regulador hasta ahora”, en palabras del concejal de Deportes, Evaristo Olcina.

“Un reglamento que busca la cohabitación, unas mínimas reglas que procuran respetar y ser respetadas las personas, con el único fin de mejorar el funcionamiento del Servicio Municipal de Deportes y garantizar el mayor disfrute a la ciudadanía”

El reglamento es un extenso documento que abarca numerosos puntos; entre otros, regula el tipo de personas usuarias que pueden acceder a las instalaciones deportivas; las condiciones de uso para colectivos; la celebración de competiciones; horarios; seguros y responsabilidad en caso de lesiones o accidentes.

También, una relación de aquellas acciones que quedan prohibidas dentro de los recintos, como:
– Fumar
–Introducir bebidas alcohólicas
– Comer, salvo en los casos habilitados para ello
– El acceso con recipientes de cristal, entre otras.
– Realizar fotos o reportajes que supongan una vulneración de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, para lo cual se deberá solicitar autorización al responsable de la instalación.
– Impedir u obstruir el normal funcionamiento de la instalación; -subarrendar, ceder o prestar el derecho de uso de los espacios deportivos autorizados por el Servicio de Deportes, a terceras personas o entidades sin autorización expresa; realizar actividad de enseñanza sin autorización; o cualquier actividad económica lucrativa sin autorización.

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Otra de los puntos que regula el reglamento es la publicidad en las instalaciones deportivas, indicando que corresponde al Ayuntamiento de Guadalajara el uso y explotación de los logotipos y demás figuras que sean de su titularidad.

Así, en todas las instalaciones deportivas municipales, cualquiera que sea su forma de gestión, así como en los folletos y circulares informativas que hagan referencia a la instalación o servicios prestados en ella, figurará en lugar visible el Ayuntamiento de Guadalajara, quedando acreditada la titularidad municipal de la instalación deportiva.

Asimismo, no se permitirán espacios publicitarios por parte de entidades o particulares, salvo que medie autorización expresa del Ayuntamiento.

La programación de actividades deportivas organizadas por el Ayuntamiento; el alquiler de las instalaciones deportivas; las normas de uso para vestuarios o graderías son otras de las normas que aborda este reglamento, que también regula los derechos y obligaciones de todas las personas usuarias.

En este sentido, pone especial atención a que las personas responsables de las instalaciones puedan aceptar o negar el acceso o expulsar de una instalación deportiva municipal, si fuera necesario, a toda aquella persona cuya actitud o comportamiento hagan peligrar la seguridad o bienestar de las personas usuarias, tipificando las faltas y sanciones en función de la gravedad.

Son instalaciones deportivas municipales todos los edificios, campos, recintos y dependencias de titularidad del Ayuntamiento destinadas a la práctica y desarrollo de la actividad física y el deporte. Así como, los bienes muebles a tal objeto y los adscritos de forma permanente a alguna de estas instalaciones.